22/1/09

Un encargado "cama afuera"

ECHAN PORTEROS POR LA SUBA DE EXPENSAS
Es otra de las consecuencias del impacto del tarifazo eléctrico. Los propietarios contratan servicios de limpieza por hora y alquilan la vivienda

Alejandro Barbosa es dueño de un departamento en el barrio porteño de Congreso. En la última reunión de consorcio del edificio propuso a los copropietarios despedir al encargado. “Resultó muy triste porque estuvo con nosotros varios años y lo queríamos mucho, pero nos estaba costando caro. Los que vivimos en edificios con pocas unidades tenemos un gasto fijo muy alto”, contó a Crítica de la Argentina.

Julio, el portero despedido de Venezuela 1958, no es el único que se quedó sin trabajo como resultado del impacto del tarifazo eléctrico sobre el costo de las expensas: cada vez hay más consorcios que deciden prescindir del tradicional encargado “cama adentro”, con vivienda en el edificio. La nueva modalidad permite a los propietarios ahorrar en sueldo y cargas sociales. Pero además les trae un beneficio extra: en general, alquilan el departamento del encargado y con ese ingreso costean la contratación de personal de limpieza por horas.

Eso es lo que hicieron los consorcistas de Venezuela 1958: “Ahora tenemos alquilada la portería y con la plata que nos está entrando logramos ahorrar: vamos a poner cámaras de seguridad en la puerta de entrada y hasta nos alcanzaría también para instalar una parrilla en el patio”, contó Barbosa.

La tendencia fue confirmada por el consultor inmobiliario Eduardo Awad, uno de los mayores expertos en Buenos Aires en regulaciones legales sobre renta horizontal: “Con la suba de las expensas, la situación es tan delicada que los consorcios deciden despedir a su encargado y alquilar la vivienda que ocupaba para reducir sus gastos”, dijo. Según el abogado, “en la mayoría de los casos, el salario del encargado de edificio impacta entre el 40 y el 70% del costo total de la expensa”, algo que junto al gas, el teléfono, las cargas sociales y la manutención de su vivienda alcanza una cifra que ahora los consorcistas tratan de reducir. “Despiden al encargado con el pago total de la indemnización y en su lugar contratan a una empresa de limpieza que va dos o tres veces por semana, y que en muchos casos se paga con lo generado por el alquiler de la vivienda que antes ocupaba el portero”, dijo.

En la ciudad de Buenos Aires hay uno 75 mil encargados de edificios, casi el 80% del total nacional. En su mayoría, tienen sueldos en blanco, con aportes y cargas sociales de acuerdo a la ley.

“Sé que hay reducciones de horarios y que disponen de nuestras viviendas; yo por ahora estoy tranquilo, porque en este edificio la gente siempre me necesita para algo”, dijo José Lagomarsino, encargado de un edificio de Almagro.

Osvaldo Loisi, presidente de la Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal, explicó que “solemos decirle al gremio que no tire de la cuerda porque se va a romper. No aconsejamos despedir al encargado porque su presencia es necesaria, pero a veces nos vemos obligados a prescindir de sus servicios o a alquilar la propiedad destinada a portería. En Recoleta y Barrio Norte esto no pasa, pero en Boedo, La Boca o Barracas sí.

En esos casos, los propietarios contratan una empresa de maestranza y se liberan de la tiranía del Sindicato Único de Trabajadores de Renta Horizontal (Suterh).Marcos Bergenfeld, presidente de la Federación Argentina de Consorcios (FAC), explicó que “los propietarios juntan plata para pagar la indemnización del portero y prescinden de él.

Antes el encargado tenía más trabajo porque se ocupaba de la calefacción central, del service del ascensor y de cambiar las lámparas. En este momento, los encargados cobran lo que les corresponde porque tienen un importante sindicato que los defiende, pero no se puede hacer nada ante esta tendencia del mercado y los problemas económicos de la gente”, aseguró.

“En Francia y España hay un 10% del total de encargados que había hace diez años. Ahora se está trasladando esa realidad a Italia y Argentina”, advirtió Bergenfeld y señaló que “algunos ganan cerca de 4 mil pesos, mientras que hay propietarios jubilados que cobran 600 y no pueden pagar expensas tan altas

(http://www.criticadigital.com/impresa/index.php?secc=nota&nid=18876)

20/1/09

Propietarios y administradores, enfrentados por los porteros

Los consorcistas denuncian que se negocian aumentos salariales sin su consentimiento.
El aumento en las expensas de los consorcios, de cerca del 80% en el último año, desató el conflicto entre cámaras de propietarios, los administradores y el gobierno de Cristina Kirchner, que derivó en una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para declarar ilegales las paritarias de los porteros y reclamar el derecho de los consorcistas a participar de las negociaciones salariales.

Los propietarios acusan a los administradores y al gremio de encargados de edificios (Suterh) de "arreglar" los sueldos que deben pagar los habitantes de los edificios con sus expensas.
"No puede ser que los administradores y los encargados decidan cuánto pagamos los propietarios", dijo a LA NACION Alicia Giménez, de la Unión de Consorcios de la República Argentina (UCRA)

Por eso reclaman ante la OIT el derecho a ser tenidos como "parte negociadora" en las negociaciones paritarias con el Suterh, de Víctor Santamaría. La demanda (con el número 2623) recaló en el Comité de Libertad Sindical, que dio traslado al Gobierno, que aún no contestó. El final es abierto.

Los propietarios, además, notan cierto espíritu de cuerpo entre el Gobierno y el Suterh, aliados en el PJ. La indignación obedece a que los sueldos de los porteros representan el 60 o el 70% del valor de las expensas.

La ofensiva fue de la Federación Argentina de Consorcios (FAC), que preside el abogado Marcos Bergenfeld junto con Alicia Giménez.
Según confiaron a LA NACION fuentes de la OIT, ese Comité formula "conclusiones o recomendaciones" a los gobiernos acusados de violar derechos sindicales, como el que invoca la FAC. Luego, éstas son aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT, órgano ejecutivo del organismo.

La FAC se ampara en la ley 13.512 para reclamar la ilegalidad de las negociaciones colectivas entre el Suterh y las cámaras de administradores, que son tres: Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (Caphai); Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (Aierh), y la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI).
"El gremio de Santamaría hace lo que debe, porque defiende a sus afiliados. Pero los administradores, no", dijo a LA NACION Bergenfeld.
"Los empleadores son los consorcistas, porque son los que pagan el sueldo del portero. Los administradores no pagan sueldos, pero toman decisiones de aumentos por cuenta de los propietarios y la plata no sale de sus bolsillos: eso es inadmisible", dijo Alicia Giménez.

La ley de propiedad horizontal, la 13.512, enfrenta a los administradores y a los propietarios. Según confió una fuente de las cámaras de administradores, éstos esgrimen que esa ley les confiere la "representación legal" del consorcio y, como tal, tienen la facultad para emplear al portero y negociar su salario.

La FAC y la UCRA, en cambio, según Giménez, sostienen que "no es el representante legal para todo tipo de acto. Es un mandatario con poder general de administración, pero su representación se limita a los actos meramente administrativos y bajo ningún aspecto puede disponer, modificar o comprometer el patrimonio de los administrados.
"Hace años hubo un fallo de la Cámara del Trabajo que nos daba la razón a los administradores. Mientras no se modifique la ley 13.512, el representante legal del consorcio será el administrador, y no el consorcista", señaló a la defensiva un alto directivo de las cámaras de administradores.

La FAC, además, invocó los tratados internacionales de la OIT con el Estado argentino que regulan las paritarias.
"Los empleadores somos los propietarios, no los administradores, que son sólo mandatarios de los empleadores, pero no para negociar sueldos", dijo Giménez.

La suba de las expensas generó unos 500 remates de propiedades por año frente a la morosidad cada vez más alta. El último aumento fue del 20,4% en abril último, pero los adicionales marcaron la diferencia. Por ejemplo, se pasó de 11,5 pesos por año de antigüedad a 31,26, lo cual significó el 171,82% de aumento, en tanto que se incrementó un 25% para otros adicionales, como retiro y clasificación de residuos, el valor de la vivienda, limpieza de cocheras o movimiento de autos.

Ello, sin contar las horas extras que algunos administradores suelen cederles a los encargados para que reemplacen a algún empleado enfermo, con lo cual llegan a triplicar sus sueldos. "Ellos creen que los propietarios somos una empresa que tiene rentabilidad. Pero nosotros somos asalariados y jubilados, y las expensas nos comen el valor de los inmuebles", dicen en la FAC y en la UCRA.
Para tener en cuenta:

En caso de accidente Si un encargado se accidenta, la ART es la que debe abonar los sueldos correspondientes a su ausencia. Se detectaron administradores que no lo informaron.

Asegurados Si un encargado se enferma, el Suterh tiene un seguro que cubre parte del sueldo durante su ausencia.

Suplencias Ante la ausencia de un encargado, el consorcio debe pagar suplentes u horas extras de otro de los encargados. Pero los propietarios tienen derecho a exigir al administrador que no los cubra y que no pague horas extras.

Detalles Los propietarios tienen derecho a exigir el detalle de gastos de mantenimiento, a través del Consejo de Administración de cada consorcio.

Cambios También tienen derecho a solicitar presupuestos alternativos a los proveedores y a exigir el cambio de prestadores.

Sin obligación La ley no obliga a tener encargados en los edificios. En caso de jubilarse uno de ellos, el consorcio puede cubrirlos con personal de limpieza y seguridad, lo cual se hace corrientemente. Y a veces se alquilan las casas de los encargados para que el consorcio tenga un ingreso extra.

16/1/09

Mar del Plata: Polémica por los honorarios de los administradores de edificios

Las modificaciones que en los últimos meses sufrieron los honorarios y aranceles que cobran los administradores de edificios fueron motivo de cuestionamiento desde distintos sectores de la comunidad marplatense.

La Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata, que preside Miguel Fernández, difundió un comunicado en el que advirtió que dichos aumentos no son de pago obligatorio por parte de los consorcistas sino que deben ser previamente aprobados en asamblea.
Por su parte el abogado especialista en derecho de la propiedad horizontal, Antonio Costantino, calificó de "notoriamente abusiva e ilegítima" la decisión de cobrar un "arancel adicional de 50 pesos por la emisión de certificados de deuda".

En el caso de Aprophmar, el texto firmado por su presidente, Miguel Fernández cuestiona las decisiones adoptadas por la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal (Caphyai), la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI), la Fundación Reunión de Administradores (FRA) y la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH).
Fernández explicó que dichas entidades "se reunieron para consensuar sus nuevos aranceles" pero advirtió que "sus sugerencias fueron expresadas junto con las expensas del mes a los propietarios de los edificios como si fueran de cumplimiento obligatorio".

"Estas asociaciones no pueden imponer honorarios" añadió Fernández quien explicó que "generalmente se toman los valores medios de plaza por dichas tareas y es la asamblea en los Consorcios, por simple mayoría, la que decide. Si el administrador no está de acuerdo, no puede obligar a nadie".

En este contexto, Aprophmar solicitó "a las asociaciones locales que se ocupan del quehacer consorcial que les comuniquen a sus socios que deben negarse a abonar esas sugerencias y, si el caso amerita, reunirse con sus vecinos propietarios e interponer formal protesta ante el administrador y la asamblea". Cabe recordar que Aprophmar funciona en Santiago del Estero 2151 -oficina 212- y que su teléfono es 410-8150.

Arancel adicional

Por su parte Costantino explicó que "la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la provincia . de Buenos Aires hizo circular entre sus asociados los honorarios que regirían por la administración de edificios afectados a la ley de propiedad horizontal".
En un texto enviado a LA CAPITAL, el especialista calificó de "notoriamente abusivo e ilegítimo" el párrafo de la mencionada circular en el que se anuncia el cobro de un "arancel adicional de 50 pesos por la emisión de certificados de deuda".

"Consideramos ilegítimo este arancel adicional -explicó Costantino- ya que, precisamente, la diversidad de tareas que realizan los administradores es lo que lleva al ajuste de sus honorarios y las Cámaras pertinentes sostienen desde antaño -para categorizar debidamente la tarea de los administradores- que no se limitan meramente a cobrar expensas y pagar a los empleados y proveedores de bienes y servicios".

El especialista advirtió que "ningún escribano debería retener este importe ni tampoco podría ser debitado como expensas a la unidad ya que el artículo 6 del decreto reglamentario 18734/49 impone al Consorcio como obligación legal que cumple por medio de su administrador, el expedir el mencionado certificado de deuda".

En cuanto a los honorarios en general, aclaró que la decisión "no tiene valor vinculante para los consorcios" y que "para aquellos edificios cuyo reglamento de propiedad no remita en la fijación de honorarios a los pautados por la Cámara de Administradores, será la asamblea como órgano de voluntad del consorcio quien deberá acordar con el administrador el importe de los honorarios

(Diario La Capital, 16-1-09)

12/1/09

Convocatoria a Asamblea

Hemos recibido la convocatoria a la Asamblea Anual Ordinaria. La misma se realizarà el dìa Sabado 17 de Enero a las 10:30hs. en la cochera del Edificio.

A modo informativo comentamos que no se agregò al orden del dia (a pedido de un grupo de propietarios) un item denomiando: HS EXTRAS DEL ENCARGADO.