20/1/09

Propietarios y administradores, enfrentados por los porteros

Los consorcistas denuncian que se negocian aumentos salariales sin su consentimiento.
El aumento en las expensas de los consorcios, de cerca del 80% en el último año, desató el conflicto entre cámaras de propietarios, los administradores y el gobierno de Cristina Kirchner, que derivó en una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para declarar ilegales las paritarias de los porteros y reclamar el derecho de los consorcistas a participar de las negociaciones salariales.

Los propietarios acusan a los administradores y al gremio de encargados de edificios (Suterh) de "arreglar" los sueldos que deben pagar los habitantes de los edificios con sus expensas.
"No puede ser que los administradores y los encargados decidan cuánto pagamos los propietarios", dijo a LA NACION Alicia Giménez, de la Unión de Consorcios de la República Argentina (UCRA)

Por eso reclaman ante la OIT el derecho a ser tenidos como "parte negociadora" en las negociaciones paritarias con el Suterh, de Víctor Santamaría. La demanda (con el número 2623) recaló en el Comité de Libertad Sindical, que dio traslado al Gobierno, que aún no contestó. El final es abierto.

Los propietarios, además, notan cierto espíritu de cuerpo entre el Gobierno y el Suterh, aliados en el PJ. La indignación obedece a que los sueldos de los porteros representan el 60 o el 70% del valor de las expensas.

La ofensiva fue de la Federación Argentina de Consorcios (FAC), que preside el abogado Marcos Bergenfeld junto con Alicia Giménez.
Según confiaron a LA NACION fuentes de la OIT, ese Comité formula "conclusiones o recomendaciones" a los gobiernos acusados de violar derechos sindicales, como el que invoca la FAC. Luego, éstas son aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT, órgano ejecutivo del organismo.

La FAC se ampara en la ley 13.512 para reclamar la ilegalidad de las negociaciones colectivas entre el Suterh y las cámaras de administradores, que son tres: Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (Caphai); Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (Aierh), y la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI).
"El gremio de Santamaría hace lo que debe, porque defiende a sus afiliados. Pero los administradores, no", dijo a LA NACION Bergenfeld.
"Los empleadores son los consorcistas, porque son los que pagan el sueldo del portero. Los administradores no pagan sueldos, pero toman decisiones de aumentos por cuenta de los propietarios y la plata no sale de sus bolsillos: eso es inadmisible", dijo Alicia Giménez.

La ley de propiedad horizontal, la 13.512, enfrenta a los administradores y a los propietarios. Según confió una fuente de las cámaras de administradores, éstos esgrimen que esa ley les confiere la "representación legal" del consorcio y, como tal, tienen la facultad para emplear al portero y negociar su salario.

La FAC y la UCRA, en cambio, según Giménez, sostienen que "no es el representante legal para todo tipo de acto. Es un mandatario con poder general de administración, pero su representación se limita a los actos meramente administrativos y bajo ningún aspecto puede disponer, modificar o comprometer el patrimonio de los administrados.
"Hace años hubo un fallo de la Cámara del Trabajo que nos daba la razón a los administradores. Mientras no se modifique la ley 13.512, el representante legal del consorcio será el administrador, y no el consorcista", señaló a la defensiva un alto directivo de las cámaras de administradores.

La FAC, además, invocó los tratados internacionales de la OIT con el Estado argentino que regulan las paritarias.
"Los empleadores somos los propietarios, no los administradores, que son sólo mandatarios de los empleadores, pero no para negociar sueldos", dijo Giménez.

La suba de las expensas generó unos 500 remates de propiedades por año frente a la morosidad cada vez más alta. El último aumento fue del 20,4% en abril último, pero los adicionales marcaron la diferencia. Por ejemplo, se pasó de 11,5 pesos por año de antigüedad a 31,26, lo cual significó el 171,82% de aumento, en tanto que se incrementó un 25% para otros adicionales, como retiro y clasificación de residuos, el valor de la vivienda, limpieza de cocheras o movimiento de autos.

Ello, sin contar las horas extras que algunos administradores suelen cederles a los encargados para que reemplacen a algún empleado enfermo, con lo cual llegan a triplicar sus sueldos. "Ellos creen que los propietarios somos una empresa que tiene rentabilidad. Pero nosotros somos asalariados y jubilados, y las expensas nos comen el valor de los inmuebles", dicen en la FAC y en la UCRA.
Para tener en cuenta:

En caso de accidente Si un encargado se accidenta, la ART es la que debe abonar los sueldos correspondientes a su ausencia. Se detectaron administradores que no lo informaron.

Asegurados Si un encargado se enferma, el Suterh tiene un seguro que cubre parte del sueldo durante su ausencia.

Suplencias Ante la ausencia de un encargado, el consorcio debe pagar suplentes u horas extras de otro de los encargados. Pero los propietarios tienen derecho a exigir al administrador que no los cubra y que no pague horas extras.

Detalles Los propietarios tienen derecho a exigir el detalle de gastos de mantenimiento, a través del Consejo de Administración de cada consorcio.

Cambios También tienen derecho a solicitar presupuestos alternativos a los proveedores y a exigir el cambio de prestadores.

Sin obligación La ley no obliga a tener encargados en los edificios. En caso de jubilarse uno de ellos, el consorcio puede cubrirlos con personal de limpieza y seguridad, lo cual se hace corrientemente. Y a veces se alquilan las casas de los encargados para que el consorcio tenga un ingreso extra.

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